Bajo la presidencia del juez Marcelo Juárez Almaraz, el fiscal federal Ricardo Toranzos dio a conocer las acusaciones penales seguidas contra las personas acusadas, de las cuales tres (Paola Cantarella, Jesús Cuellar y Héctor Cari) mantienen su cargo legislativo, pues resultaron electos en los comicios del 2.021.
En este caso, el representante del Ministerio Público Fiscal explicó que Cantarella, Cuellar, Cari y Gabriela Cazón
son juzgados por defraudación a la Administración Pública en concurso
ideal, con el delito de incumplimiento de deberes de funcionario público
en calidad de autores.
La misma acusación, pero en grado de tentativa, recae sobre el ex concejal Osvaldo Reynaga. En tanto que Nicolás Maras, Julio Pedro Laxi y Santos Palma llegaron a juicio por el delito de incumplimiento de deberes, en calidad de autores.
La fiscalía adelantó que apunta a probar que Cantarella, edil de
Pichanal al momento del hecho, solicitó ser beneficiaria del IFE el 30
de marzo de 2.020, sabiendo que el decreto de N°310 del Poder Ejecutivo
Nacional, mediante el cual se puso en marcha el subsidio, impedía que
los funcionarios públicos se postulen para cobrar esa ayuda excepcional,
establecida en la suma de 10 mil pesos.
En los primeros testimonios, se mencionó que la Administración
Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) acreditó el beneficio a
Cantarella en su cuenta sueldo del banco Macro el 13 de julio de ese
año. Con respecto a Cari, se indicó que el acusado, edil de Guachipas,
repitió la misma maniobra y percibió una cuota del IFE.
A Cuellar, de la localidad de Urundel, el beneficio le fue acreditado
en dos ocasiones. Idéntica situación fue descripta respecto a Cazón,
quien era concejal de Aguas Blancas, en el límite fronterizo con
Bolivia.
El fiscal señaló que las pautas de incompatibilidades para los
postulantes estaban claramente establecidas en el decreto de
implementación, en el que se aclaró que el ingreso de datos, al momento
de solicitar el beneficio, tenía carácter de declaración jurada.
Respecto a estos cuatro imputados, el fiscal ratificó la acusación
penal, en la cual resaltó que el subsidio había sido implementado para
ayudar a las personas que no tenían relación de dependencia, las más
vulnerables ante la medida de Aislamiento Social Preventivo y
Obligatorio, impuesta para prevenir la ola de contagios en la población.
Carácter de declaración jurada
El fiscal Ricardo Toranzos señaló, a su vez, que las
pautas de incompatibilidades para los postulantes estaban claramente
establecidas en el decreto de implementación, en el que se aclaró que el
ingreso de datos, al momento de solicitar el beneficio, tenía carácter
de declaración jurada.
En cuanto a la conducta de Reynaga, Laxi, Maras y Palma, quienes eran
ediles en San Lorenzo, Animaná, Los Toldos y Rivadavia Banda Norte, el
fiscal dijo que la situación es diferente, ya que se aprovecharon de una
situación irregular, como la de ser beneficiarios de la Asignación
Universal por Hijo (AUH), para percibir el IFE ilegalmente.
Entre otros aspectos, Toranzos afirmó que los acusados con su
accionar hicieron incurrir en error a la ANSES, organismo que ante la
premura de poner la ayuda social lo más rápido posible, dispuso que
aquellos ciudadanos que ya percibían beneficios sociales, como la AUH,
perciban el IFE de manera automática.
Dijo que, si bien algunos de los acusados se vieron favorecidos por
esta decisión, por su condición de funcionarios electos debieron
corregir de inmediato tal situación, lo que no sucedió, con excepción de
Cari, que devolvió el dinero cobrado ilegalmente.
Toranzos destacó en este tramo el hecho de que, al tratarse de
funcionarios elegidos por el voto popular, habían asumido -jura
mediante- el deber de cuidar y velar por los bienes pertenecientes al
Estado, premisa también establecida por el Código de Ética de la Función
Pública, en el cual estaban comprendidos.
Adelantó que, a lo largo del debate, mediante la prueba documental y testimonial, la acusación penal quedará probada.
Primeros testigos
Concluida esta etapa, y dado que ninguno de los concejales aceptó
declarar, el juez dio paso a la recepción de testimonios. En ese orden,
la fiscalía llamó a funcionarios de la ANSES, tanto en el orden nacional
como local, y a un asesor legal del Banco Macro.
En su mayoría, los testigos confirmaron los trámites realizados por
los acusados y acusadas para el cobro del IFE y recalcaron los
requisitos de admisibilidad para percibir tal beneficio, exposición de
la cual surgió que ninguno de los ocho acusados cumplimentaban.
Susana Aramayo, ex directora local de ese organismo,
ratificó los cobros ilegales y sostuvo que ante el escándalo suscitado
quiso denunciar en la fiscalía federal lo ocurrido, razón por la cual
fue objeto de hostigamiento interno dentro de la ANSES, en especial por
parte de la escala superior.
Relató que la ex concejal Maras se presentó en su oficina y le reveló
que había renunciado a cobrar la dieta para no perder el cobro de la
AUH, cuyo monto era mayor.
Sheila Borzani, coordinadora de Asuntos Penales de
la ANSES, dio detalles de las gestiones y el cobro del IFE por parte de
los acusados y acusadas. Por ejemplo, aportó los números de IP de las
computadoras desde donde solicitaron percibir ese beneficio.
Sostuvo que quienes lo percibieron de manera irregular recibían una
carta documento con un plazo de 10 días para devolver el dinero, para
finalmente señalar que desde la ANSES se radicaron alrededor de mil
denuncias penales por el cobro ilegal de este beneficio.
Dada la cantidad de testigos pendientes, el presidente del tribunal
dispuso un cuarto intermedio hasta el próximo martes. La mayoría de los
testigos restantes están vinculados a los organismos de implementación y
control del IFE.
En el primer debate por estos delitos, realizado en agosto pasado, el mismo tribunal condenó a Viviana Fernández y Javier Navarreta, ex gerenta y ex gerente de las agencias del PAMI en las localidades de Orán y Embarcación, a la pena de 3 años de prisión en suspenso e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos.
Fuente: Nuevo diario