El Gobernador reafirmó el compromiso con la industria salteña y felicitó al reelecto presidente de la UIS

El Gobernador reafirmó el compromiso con la industria salteña y felicitó al reelecto presidente de la UIS

El gobernador Sáenz se reunió con Eduardo Gómez Naar, quien fue ratificado como presidente de la Unión Industrial de Salta. El mandatario reiteró su apoyo al sector industrial y destacó la importancia de trabajar en conjunto para poner en agenda temas que generen más oportunidades.

El Gobernador reafirmó el compromiso con la industria salteña y felicitó al reelecto presidente de la UIS

Sáenz se reunió con Eduardo Gómez Naar.

El gobernador Gustavo Sáenz recibió a Eduardo Gómez Naar, quien fue reelecto como presidente de la Unión Industrial de Salta (UIS).

Durante la reunión, coincidieron en la necesidad de continuar trabajando juntos en el fortalecimiento de la industria salteña y en poner en agenda temas que generen más oportunidades.

En este sentido, Sáenz destacó la importancia del sector industrial para el desarrollo económico de la provincia. Le aseguró que su gestión continuará trabajando para brindar un marco de certidumbre y apoyo a las inversiones privadas.

«Ratifico nuestro compromiso con la industria salteña manteniendo nuestra política de gobierno facilitador que genera previsibilidad, seguridad jurídica y acompaña las inversiones privadas como manera fundamental de agregar valor a la producción primaria de la provincia, generar empleo y calidad de vida para los salteños», le expresó el gobernador en el encuentro cumplido en Casa de Gobierno.

Por su parte, Gómez Naar agradeció el respaldo del gobierno provincial y comentó el proceso por el cual se generará el Registro de Industrias Salteñas, en conjunto con la Universidad y el gobierno provincial.

“La capacitación será un eje de trabajo en el que vamos a seguir enfocados. Queremos llegar con trayectos académicos de excelencia a ejecutivos, mandos medios, técnicos. Que nuestras empresas e industrias crezcan con formaciones de primer nivel. Por otro lado, pondremos esfuerzo en sumar más socios para seguir construyendo una institución sólida, referente del sector en el norte del país”, dijo Gómez Naar.

Es importante señalar que otra de las iniciativas que posicionaron a la UIS este año fue la conformación de la Mesa Empresaria y Productiva liderando un trabajo colaborativo para toma de decisiones entre la Sociedad Rural de Salta, Prograno y las Cámaras de Comercio e Industria, la de Comercio Exterior y la de Minería de Salta, donde participan más de 2 mil empresas.

En este sentido, Gómez Naar comentó que junto a estas entidades se trabajará, entre otros temas, en políticas de responsabilidad social, poniendo en foco donde realmente hace falta, en el convencimiento de que uniendo esfuerzos el impacto será notable.

Completan la nueva comisión directiva: Julio Fazio como vicepresidente primero; Agustina Soler, como vicepresidenta segunda; Teodoro Molinas, secretario; Eduardo Isasmendi, tesorero; Luis Marinaro, prosecretario; y Jorge Smichouski, protesorero. Serán vocales de la Comisión, Romina Saravia, Natalia Fabroni, Claudio Cerezo, Eduardo Freytes, Simón Yobi, Guillermo Coltrinari, Facundo Rodríguez y Daniel Zozzoli; mientras que Francisco Durand Casali y María de la Paz García Cainzo integrarán el Órgano de Fiscalización.

El Gobierno habilitó a las Fuerzas Armadas a actuar ante amenazas terroristas y colaborar en el control de las fronteras

El Gobierno habilitó a las Fuerzas Armadas a actuar ante amenazas terroristas y colaborar en el control de las fronteras

El Ejecutivo derogó el Decreto 727/2006, de la gestión de Néstor Kirchner, que limitaba el accionar de las fuerzas de defensa en la seguridad y relegaba su tarea a la respuesta a las agresiones externas

 
 
El Gobierno habilitó a lasEl Gobierno habilitó a las Fuerzas Armadas a colaborar en algunas cuestiones relacionadas con la seguridad interior

Tal como había adelantado Infobae meses atrás, el Gobierno habilitó a las Fuerzas Armadas (FFAA) a colaborar en cuestiones de seguridad interior, como actuar ante amenazas terroristas y colaborar con el control fronterizo. Para esto, se derogó Decreto 727/2006, que les prohibía a las fuerzas de Defensa brindar apoyo o colaboración estas cuestiones.

Los cambios se oficializaron mediante la publicación del Decreto 1112/2024 en el Boletín Oficial. Fuentes del Ministerio de Defensa aseguraron a este medio que esta normativa busca eliminar “el sesgo ideológico K”, presente en la documentación anterior, firmado por Néstor Kirchner.

“Las Fuerzas Armadas, instrumento militar de la defensa nacional, serán empleadas ante agresiones de origen externo perpetradas por fuerzas armadas pertenecientes a otro(s) Estado(s), sin perjuicio de lo dispuesto en la Ley N° 24.059 de Seguridad Interior y en la Ley N° 24.948 de Reestructuración de las Fuerzas Armadas en lo concerniente a los escenarios en los que se prevé el empleo del instrumento militar y a las disposiciones que definen el alcance de dicha intervención en operaciones de apoyo a la seguridad interior”, establecía la normativa 727/2006.

Ahora, el nuevo decreto dispone: “Las Fuerzas Armadas son el componente esencial del Sistema de Defensa nacional, su accionar, en forma disuasiva ante amenazas, o efectiva contra agresiones, será dispuesto en función del origen externo de dichas amenazas o agresiones, con independencia del lugar de ocurrencia”.

“Se considerarán amenazas todas las acciones o los mensajes explícitos que llevan a cabo eventuales oponentes que, teniendo la capacidad, muestran la intención o dan indicios de la probable concreción de perjuicios en contra de los intereses vitales de la Nación, en los términos establecidos en el artículo 2° de la Ley de Defensa Nacional N° 23.554 y su modificatoria», aclara en el primer artículo.

EL minsitro de Defensa, LuisEL minsitro de Defensa, Luis Petri

A su vez, establecen que “se considerarán agresiones la ejecución y consumación de un conflicto armado o guerra, que provengan de Fuerzas Armadas u organismos paraestatales extranjeros, de organizaciones terroristas u otras organizaciones transnacionales, o cualquier forma de agresión externa que sea incompatible con la Carta de las Naciones Unidas, que afecten los intereses vitales de la Nación».

Con respecto a la participación en seguridad interior, el decreto indica que “las operaciones que requieran la cooperación y complementación de las Fuerzas Armadas y de las Fuerzas de Seguridad serán coordinadas por los ministerios de Defensa y Seguridad”.

Además, la normativa indica que el Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas dispondrá en forma permanente, a través del Comando de Operaciones Conjuntas, de comandos conjuntos que se ajusten a las necesidades de la defensa nacional en sus diferentes ámbitos. Así, menciona el control aeroespacial, del espacio marítimo y fluvial, antártico, de la zona interior, entre otros.

Desde que asumió la gestión,Desde que asumió la gestión, el presidente impulsa una serie de reformas en materia de defensa y seguridad

En las disposiciones del Sistema de Defensa Nacional, el Gobierno especifica cuál será la estructura de este sistema, que contará con un Consejo de Defensa Nacional y su respectiva Secretaría. Esta última tendrá como objetivo coordinar los trabajos interagenciales necesarios, mientras que la conducción de las operaciones militares en tiempo de paz serán gestionadas mediante el Comando de Operaciones Conjuntas.

Con respecto a la organización territorial, fijaron que “los ámbitos de la Zona del Interior declarados como Zona Militar quedarán sometidos a la custodia y protección militar, de conformidad con lo establecido en esta Reglamentación”. “La Defensa Nacional coadyuva al sistema de vigilancia y control de fronteras. Para ello, en tiempos de paz, las Fuerzas Armadas podrán complementar el accionar de las Fuerzas de Seguridad en las zonas de seguridad de fronteras, definidas en el Decreto N° 253/18. En esos despliegues podrán llevar a cabo actividades de adiestramiento operacional, brindar apoyo logístico al sistema de seguridad interior, realizar acciones de apoyo a la comunidad y prestar asistencia ante catástrofes naturales o emergencias“, señala la normativa sobre el control fronterizo.

Con estas nuevas disposiciones, elCon estas nuevas disposiciones, el Ejército podrá apoyar a las fuerzas de seguridad en el control de las fronteras

Aunque se hizo efectivo esta madrugada, los cambios ya habían sido adelantados por el titular de la cartera de Defensa, Luis Petri, a principios de este año, cuando habló de la voluntad de cambiar el decreto vigente, que limitaba el accionar de las FFAA. En ese momento, los planteos que realizó el ministro estaban relacionados con la situación que atravesaba Rosario por el avance del narcotráfico. “Un país que sangra en Rosario producto del narcotráfico, donde ha habido, sin lugar a dudas, una dirigencia política cómplice y encubridora que permitió su avance”, señaló.

De igual forma, aclaró que la idea es que tengan una mayor capacidad de acción, pero no que sumen una “intervención directa” sobre el territorio.

El Gobierno siguió trabajando en el proyecto y en octubre de este año Petri confirmó que se llevarían adelante los cambios durante la XVI Conferencia de Ministros de Defensa de las Américas que se desarrolló en Mendoza, de al que participaron delegaciones de todos los países de la región, excepto Cuba, Nicaragua y Venezuela. “Les doy una primicia: con la modificación y derogación del Decreto 727, las Fuerzas Armadas se podrán desplazar en zonas de seguridad en frontera, en complementación con las fuerzas de seguridad y en cooperación con los países limítrofes”, anunció en esa oportunidad a la prensa presente.

Según precisó, estas modificaciones incluyen “la complementación a las tareas de control y vigilancia que ya realizan las fuerzas de seguridad, particularmente Gendarmería, y la cooperación con los países limítrofes para atacar flagelos comunes que tenemos en nuestras fronteras”, entre ellos el narcotráfico.

En el marco de esta reforma de las Fuerzas Armadas, el presidente Javier Milei autorizó el envío de militares a custodiar “objetivos estratégicos” ante amenazas de terrorismo o crimen organizado.

Entre ellos, se encuentran: plantas nucleares, usinas eléctricas, represas, radares e instalaciones de seguridad nacional, entre otros. El decreto firmado por Milei, Luis Petri y Patricia Bullrich amplió las atribuciones del Presidente y del Jefe de Gabinete para determinar qué se considera -y qué no- un “objetivo estratégico”, pese a que la legislación vigente ya reconocía esa facultad.

El Gobierno presenta su plan de energía: construirá una cuarta central nuclear con la que espera atraer inversiones

El Gobierno presenta su plan de energía: construirá una cuarta central nuclear con la que espera atraer inversiones

El establecimiento se instalará en el sur del país y busca, además de potenciar a las empresas de inteligencia artificial, posicionar a la Argentina a la vanguardia de este tipo de generación sostenible de electricidad. El programa cuenta con el apoyo de la máxima autoridad atómica a nivel mundial

 
Javier Milei junto a DemianJavier Milei junto a Demian Reidel, jefe del Consejo de Asesores del Presidente de Argentina

Luego de intensos meses de trabajo, el Gobierno ya está listo para presentar oficialmente su nuevo plan nuclear, que contará con el apoyo explícito de la máxima autoridad atómica a nivel mundial y, entre otros puntos, establece la construcción de una nueva central reactora en el sur del país.

Al frente de este proyecto se encuentra el jefe del Consejo de Asesores del Presidente, Demian Reidel, que días atrás se reunió con el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, para explicarle el avance de la iniciativa.

A lo largo de este año, el físico y economista mantuvo encuentros con importantes empresarios vinculados a la materia, como así también con representantes de compañías desarrolladoras de inteligencia artificial (IA), otra de las áreas que las autoridades nacionales buscan potenciar con este programa.

El funcionario logró recientemente que el Organismo Internacional de Energía Atómica (IAEA, por sus siglas en inglés), perteneciente a la ONU, se comprometiera a dar “su apoyo explícito” a esta iniciativa.

Uno de los principales puntos del plan es la construcción en la Patagonia de una cuarta central nuclear, que tendrá como objetivo abastecer de energía a la zona y potenciar las inversiones de firmas dedicadas a la IA que podrían instalarse en la región.

Central nuclear Atucha, en ZárateCentral nuclear Atucha, en Zárate (REUTERS/Marcos Brindicci/Archivo)

El Estado ya administra tres plantas generadoras de este tipo, Atucha I y Atucha II, que se encuentran dentro de un mismo complejo situado en el partido bonaerense de Zárate, y Embalse, localizada en Río Tercero, provincia de Córdoba

“El plan es mucho más que la construcción de esta central, es poner a la energía nuclear como prioridad nacional para el desarrollo, tanto con la creación de nuevas estaciones como con la incorporación de tecnología vinculada a la materia, etcétera”, explicó a Infobae un funcionario al tanto del programa.

En este sentido, las fuentes consultadas señalan que la iniciativa global “es muy ambiciosa” y que buscará “poner a la Argentina a la vanguardia energética mundial”.

El Gobierno ya cuenta con un contrato que la gestión anterior firmó con China y que preveía una inversión de USD 8.300 millones en ocho años para la construcción de esta cuarta planta.

El convenio estipulaba que al menos el 85% de los fondos iban a ser cubiertos por el gigante asiático y hay un acuerdo vigente para continuar las negociaciones hasta finales de abril de 2025.

En el discurso que dio al cumplir un año de mandato, el propio presidente Javier Milei había anticipado que el proyecto iba a ser “presentado en los próximos días por el doctor Reidel y nos pondrá, una vez más, a la vanguardia en la materia”.

Atucha por dentro (Gustavo Gavotti)Atucha por dentro (Gustavo Gavotti)

“Lo interesante es que el aumento de demanda de energía que implica la Inteligencia Artificial va a generar en el mundo entero un resurgimiento de la energía nuclear después de décadas de declive, y nosotros no nos vamos a quedar atrás. Vamos a diseñar un plan nuclear argentino que contemple la construcción de nuevos reactores, así como la investigación de las tecnologías emergentes de reactores pequeños o modulares, manteniendo los máximos estándares de seguridad y eficiencia”, detalló el líder libertario.

Efectivamente, este mismo viernes podría ser el anuncio oficial del programa, que contaría con las palabras del -por ahora- jefe del Consejo de Asesores, que en los siguientes meses también sería designado en un cargo para avanzar con su idea.

Esta semana, la Comisión de Ciencia y Tecnología de la Cámara de Diputados se reunió para analizar el proyecto que adelantó Milei, pero la oposición coincidió en esperar a la presentación formal antes de emitir una opinión al respecto.

Tal como precisó este medio, en ese encuentro no hubo funcionario del oficialismo, ni tampoco estuvieron presentes los diputados de La Libertad Avanza y el PRO, sino que solamente hablaron expertos convocados por el bloque de Unión por la Patria.

En la actualidad, Atucha I cuenta con una potencia eléctrica bruta de 362 MW y emplea como combustible mezcla de uranio natural (0,72%) y uranio levemente enriquecido al 0,85%.

En tanto, su gemela es una central nucleoeléctrica con una potencia bruta de 745 MW, a base de uranio natural y agua pesada, con un sistema más moderno y mecanismos de seguridad actualizados.

Por último, Embalse es, en orden cronológico, la segunda en haberse construido y es de tipo CANDU (Canadian Uranium Deuterium), que utilizan como combustible el uranio natural y su refrigerante y moderador es el agua pesada. Tiene 648 Mw de potencia eléctrica bruta.

La Corte Suprema le puso un freno a Insfrán: declaró inconstitucional la reelección indefinida en Formosa

La Corte Suprema le puso un freno a Insfrán: declaró inconstitucional la reelección indefinida en Formosa

Por unanimidad, el Máximo Tribunal dispuso que la facultad prevista en la Constitución provincial no respeta el principio republicano de gobierno establecido en la Carta Magna nacional. El actual mandatario lleva ocho períodos consecutivos en el poder

 
 
Gildo InsfránGildo Insfrán

La Corte Suprema puso fin este jueves a la reelección indefinida del cargo de gobernador en la provincia de Formosa. Lo hizo mediante un amparo que presentó la Confederación Frente Amplio Formoseño contra el octavo mandato consecutivo que obtuvo el gobernador Gildo Insfrán, para el período 2023-2027.

Por unanimidad, los jueces Horacio Rosatti, Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti y Carlos Rosenkrantz concluyeron que la cláusula de la constitución provincial que le permitió competir en las elecciones, y quedarse en el poder durante tres décadas, choca con la Constitución Nacional.

Rosatti y Maqueda en forma conjunta, y Lorenzetti en un voto en la misma línea, sostuvieron que en Formosa se debe llevar adelante una reforma constitucional que cambie la normativa actual.

Por su parte, Rosenkrantz fue más allá y sostuvo que el gobernador no debió haber sido habilitado para presentarse y declaró la inconstitucionalidad del artículo 132 de la Constitución provincial, en función de la concreta práctica institucional que permitió el ejercicio ininterrumpido del poder por parte de aquel. No obstante, concluyó que, con el objetivo de respetar la vida institucional de la provincia y el principio republicano, el gobernador puede terminar su mandato. “Es por ello que en el presente caso se dispondrá que el actual gobernador podrá terminar el mandato que culminará el 10 de diciembre de 2027″, dijo

Insfrán fue elegido por primera vez vicegobernador el 10 de diciembre de 1987, momento en el que el texto vigente de la constitución de la provincia no permitía la reelección de los cargos de gobernador y vicegobernador. Durante su mandato como vicegobernador, que según el texto constitucional vigente debía finalizar el 10 de diciembre de 1991, se reformó la constitución local, lo que le permitió que fuera reelegido como vicegobernador por cuatro años más.

Con esa misma modificación se admitió la posibilidad de que el gobernador y el vice —que duraban cuatro años en sus cargos según ambos textos constitucionales— pudieran ser reelectos o sucederse recíprocamente por un nuevo período corriente y que, si hubieran sido reelectos o se hubieran sucedido recíprocamente, no pudieran ser elegidos para ninguno de ambos cargos, sino con el intervalo de un período. En 2003, la constitución de la provincia fue reformada nuevamente, habilitando su reelección como gobernador de la provincia sin límite temporal.

Desde 1995, Insfrán viene ocupando y renovando su cargo al frente del Ejecutivo formoseño. “Ha ejercido ininterrumpidamente los más altos cargos provinciales por un total de treinta y siete (37) años y si finaliza el mandato en curso ese ya desmedido lapso se extenderá a cuarenta (40) años. La oficialización de la nueva candidatura implicó validar su aspiración de acceder a un décimo mandato consecutivo”, sostuvo Rosenkrantz.

“No existe duda de que habilitar a que una persona se desempeñe esa cantidad de años de manera ininterrumpida en los más altos cargos provinciales impone un costo intolerablemente alto al sistema republicano, por cuanto la falta de renovación en el poder facilita el surgimiento de prácticas autoritarias de su ejercicio e imposibilita que la política democrática se desarrolle sanamente”, opinó el magistrado.

El año pasado, un frente opositor en Formosa realizó una presentación ante la Corte Suprema para pedir la inconstitucionalidad del artículo 132 de la Constitución de esa provincia, que establece que “el Gobernador y el Vicegobernador durarán cuatro años en el ejercicio de sus cargos, y podrán ser reelectos”. La semana pasada, el procurador general Eduardo Casal sostuvo que esa normativa debe ser considerada inconstitucional.

Los jueces de la CorteLos jueces de la Corte Suprema / REUTERS/Agustin Marcarian

En el voto de Rosatti-Maqueda se sostuvo que “el tema a decidir en la presente causa remite al clásico debate que enfrenta a la vigencia i) del respeto a la voluntad popular, y ii) la alternancia en el ejercicio de los cargos, entendiendo que ambos operan como presupuestos del sistema democrático y republicano. Conforme al primer criterio la voluntad popular se expresa mediante el voto de los electores, debiéndose estar al principio de la mayoría. Conforme al segundo criterio existiría un consenso previo sobre lo que debe entenderse por régimen republicano, un legado valioso cuya inobservancia descalifica al régimen infractor”.

“Cuando se trata de habilitar una reelección (o dos), parece claro que el principio de la mayoría -como manifestación de la voluntad popular- es el que debe imperar. El problema se suscita con cláusulas como la del art. 132 de la Constitución formoseña que prevé la reelección ilimitada. En estos casos, la cuestión parece dejar de ser meramente cuantitativa para transformarse en cualitativa. Al respecto, cabe recordar que las pautas constitucionales, y los derechos por ellas reconocidos, no pueden sufrir un menoscabo que importe aminorar sus atributos nucleares, a punto tal de desnaturalizarlas y dejarlas vacías de sentido”, afirmaron.

“La personalización del Poder Ejecutivo por un tiempo extenso e ilimitado debilita el sistema de frenos y contrapesos. La permanencia de una misma persona en el poder por un largo período de tiempo invalida esta salvaguarda republicana”, plantearon. “La reelección indefinida no solo diluye la separación de poderes sino que también atenta contra el propio principio democrático. Una reelección sin límites, lejos de constituir la máxima realización de la voluntad popular, permite que quien se encuentra en ejercicio del poder acumule –tras varios mandatos sucesivos– ventajas inadecuadas para una leal contienda electoral”.

Para los jueces, “la forma de compatibilizar el respeto a la voluntad popular y la alternancia en el ejercicio del poder, maximizando la vigencia del principio de soberanía popular y minimizando la subjetividad personalista, se deduce de la propia Constitución Nacional luego de la reforma de 1994″. Por eso, añadieron, “esta Corte entiende que hay proscripción cuando se impide a un partido político presentarse como oferta electoral, pero no cuando a una persona candidata se le limita la cantidad de ocasiones continuadas o sucesivas en las que puede postularse. Este es el razonamiento virtuoso que permite maximizar los principios de voluntad popular y el favorecimiento de la alternancia evitando, respectivamente, la proscripción subjetiva y la personalización del poder”.

“Es claro que no compete a la Corte subrogar el ejercicio del poder constituyente local definiendo cuál es el número máximo razonable de reelecciones gubernamentales, sino de establecer el marco dentro del cual el ejercicio de dicha potestad queda encuadrado en los límites de la Constitución Nacional”, señalaron. “El desarrollo argumental precedente conduce inexorablemente a declarar la inconstitucionalidad de la norma que dispone la reelección ilimitada del gobernador y vice gobernador de una provincia. En el caso, la descalificación debe alcanzar al art 132 de la Constitución de la Provincia de Formosa, por resultar violatoria de los arts. 5°, 123 y concordantes de la Constitución Nacional”.

Aclararon, no obstante, que la intervención del Tribunal “debe limitarse a la invalidación de la norma bajo examen, estándole vedado ofrecer una alternativa especifica en su reemplazo, so pena de inmiscuirse en el poder constituyente local con menoscabo del sistema federal previsto en la misma cláusula que el republicanismo (art. 1° de la Constitución Nacional), cuya salvaguarda se procura con la presente decisión. Por consiguiente, el texto de la cláusula reeleccionista formoseña deberá ser corregido mediante el procedimiento constitucional previsto en la carta magna provincial”.

Gildo Insfran (Fuente)Gildo Insfran (Fuente)

El juez Lorenzetti sostuvo que los principios del Estado de derecho, la división de poderes y la periodicidad de los mandatos son esenciales del pacto constitucional que une a las personas que habitan la Nación y son la base sobre la cual pueden edificar su libertad de decisión personal y la estructura de gobierno de las provincias.

En ese sentido, destacó que en el caso existe un principio que consagra la reelección indefinida de un gobernador, establecida en una Constitución Provincial, que colisiona con los principios republicanos que se desprenden del artículo 5 de la Constitución Nacional y que si bien es necesario partir del respeto del federalismo que implica reconocer un amplio margen de decisión por parte de las provincias y de las constituciones provinciales, ello esa así en la medida que no se violen los principios del estado constitucional de derecho.

A su entender, una cláusula de reelección indefinida afecta los principios republicanos, en especial, la periodicidad en los cargos públicos, la garantía de las personas a un rango de opciones electorales suficientemente amplio y la división de poderes. Aclaró, sin embargo, que la reelección es posible, pero es inconstitucional en la medida en que llegue a ser incompatible con los principios del estado de derecho, lo que ocurre cuando se establezca con claridad que es el camino para lograr una concentración de poder que permita desnaturalizar el control que deben ejercer otros poderes del estado, disminuir drásticamente las opciones electorales de las personas.

También señaló “Que se trata de defender la democracia, que puede ser gravemente afectada, e incluso llegar a desaparecer llegando al autoritarismo, cuando se deterioran los principios republicanos” LEVITSKY, Steven y ZIBLATT, Daniel, How democracies die, Broadway books, New York, 2019)”.

 

Por su parte Rosenkrantz se remitió a lo que ya había votado en el precedente “Evolución Liberal y otro c/ San Juan, Provincia de s/ amparo”, sentencia del 1° de junio de 2023, cuando se impidió la reelección de Sergio Uñac. Recordó que las reelecciones sucesivas de los funcionarios que ocupan los más altos cargos provinciales como los de gobernador y vicegobernador producen una erosión significativa del principio de la separación de poderes y, por ello, del sistema que establece la Constitución.

“No existe duda de que habilitar a que una persona se desempeñe esa cantidad de años de manera ininterrumpida en los más altos cargos provinciales impone un costo intolerablemente alto al sistema republicano, por cuanto la falta de renovación en el poder facilita el surgimiento de prácticas autoritarias de su ejercicio e imposibilita que la política democrática se desarrolle sanamente”, dijo Rosenkrantz.