El nuevo ministro de Justicia anunció que iniciará el proceso para cubrir más de 200 vacantes de jueces y fiscales

El nuevo ministro de Justicia anunció que iniciará el proceso para cubrir más de 200 vacantes de jueces y fiscales

Mahiques informó este domingo a través de un comunicado difundido en redes sociales que comenzará el trámite para la cobertura de cargos en el Poder Judicial.


El ministro de Justicia Juan Bautista Mahiques anunció este domingo que la cartera que dirige iniciará el trámite para la cobertura de 200 vacantes de jueces, 72 fiscales y 65 defensores oficiales en la Justicia Federal. Lo hizo a través de un comunicado oficial que compartió a través de sus redes sociales y las del ministerio a su cargo.

El funcionario indicó que se activa con los requisitos establecidos en el decreto 588/2003 “con el objetivo de habilitarlas para continuar con el procedimiento de selección y envío del pliego que disponga el Presidente de la Nación”.

Mahiques asumió esta semana en la cartera de Justicia. Tras la jura, el funcionario había adelantado que la cobertura de cargos para mejorar el funcionamiento y la celeridad en las causas que se tramitan en la Justicia federal aparecía entre sus primeros objetivos.

El Ministerio de Justicia inició un proceso para cubrir más de 200 vacantes federales. La falta de nombramientos impacta en la eficiencia y la celeridad de los tribunales. La medida implica verificar antecedentes penales y patrimoniales de los candidatos, siguiendo los pasos previstos en la normativa vigente.

El comunicado oficial y los pasos anunciados

“El Ministerio de Justicia de la Nación informa que ha decidido iniciar la verificación y actualización de todos los requisitos establecidos en el Decreto 588/2003 para las 200 vacantes de jueces, 72 de defensores y 65 de fiscales existentes en el Poder Ejecutivo, con el objetivo de habilitarlas para continuar con el procedimiento de selección y el envío del pliego que disponga el Presidente de la Nación”, señala el comunicado difundido este domingo.

“En este marco, se solicitará al Registro Nacional de Reincidencia la actualización de antecedentes penales de los ternados”, detalló la comunicación oficial. La verificación de estos antecedentes es un paso previo y obligatorio antes de cualquier avance en los nombramientos.

El Ministerio agrega: “Se verificará que la situación patrimonial y el cumplimiento de las obligaciones impositivas y previsionales de las personas eventualmente propuestas se encuentren debidamente informados ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero”.

Estas verificaciones forman parte de una secuencia de controles destinados a asegurar que quienes lleguen a la terna final hayan superado la revisión de antecedentes penales y patrimoniales.

El Decreto 588/2003 establece un mecanismo de transparencia y control ciudadano en el nombramiento de los magistrados federales y de los integrantes del Ministerio Público Fiscal y de la Defensa. La normativa garantiza que la sociedad tenga la oportunidad de revisar los antecedentes y patrimonio de los candidatos propuestos antes de la selección presidencial.

El procedimiento exige que cada aspirante forme parte de una terna elevada por el Consejo de la Magistratura, asegurando la revisión y el examen de cada postulación por distintos organismos y habilitando la posibilidad de objeciones fundadas por parte de cualquier persona de la sociedad civil.

La falta de magistrados afecta directamente la operatividad y la celeridad de la Justicia Federal. El rezago en la cobertura de estos puestos ha incrementado las demoras en los procesos y la presión sobre los funcionarios judiciales que se mantienen en funciones. El procedimiento anunciado apunta a revertir este panorama, priorizando el control de integridad y la posibilidad de intervención ciudadana en todas las etapas del proceso de selección.

Según informó Infobae, la cantidad de vacantes en los juzgados llega al 40% y en las fiscalías nacionales y federales se extiende al 47%, ya que de los 367 cargos totales que hay, 174 están sin un titular. Hay 80 vacantes concursadas y 53 pliegos elevados en 20 concursos. Se trata de una deuda pendiente de la actual administración, que es la primera desde el regreso de la democracia que no logró aprobar ningún pliego en el Senado.

Fuente: Infobae

El Gobierno promulgó el Régimen Penal Juvenil tras su aprobación en el Senado

El Gobierno promulgó el Régimen Penal Juvenil tras su aprobación en el Senado

Dentro de los principales cambios, se encuentra una reducción en la edad de imputabilidad, así como también un sistema de penas aplicables, dependiendo la edad y circunstancias del adolescente que delinque.


Luego de haber sido aprobada por el Senado, el Gobierno promulgó la Ley 27801, conocida como el nuevo Régimen Penal Juvenil, que baja la edad de imputabilidad de 16 a 14 años. Esta legislación se convirtió en otra de las grandes victorias del oficialismo en las sesiones extraordinarias.

Siguiendo con el proceso que indica la Constitución, el Ejecutivo dio el visto bueno a la normativa, algo que se hizo efectivo tras su publicación del decreto 138/2026, en el Boletín Oficial esta madrugada.

La iniciativa fue sancionada en el Senado con 44 votos afirmativos, 27 negativos y una abstención. Dentro de los principales cambios, se encuentra una reducción en la edad de imputabilidad, así como también un sistema de penas aplicables, dependiendo la edad y circunstancias del adolescente que delinque.

Edad de imputabilidad y penas

De acuerdo con lo dispuesto, “el régimen de penas deberá orientarse siempre a la educación y resocialización, a fin de que el adolescente imputado obtenga un futuro con integración social y trabajo, comprensión y arrepentimiento por la conducta punible perpetrada. Además, deberá tender a disminuir el riesgo de que incurra en la comisión de nuevos delito”.

En ese sentido, deja en claro que la privación de la libertad será el último recurso a aplicar y por el tiempo más breve posible. De hecho, se encuentran prohibidas la aplicación de penas perpetuas o de carácter indefinido, así como la imposición de antecedentes penales permanentes.

“La medida que implique la restricción de la libertad durante el procedimiento deberá decretarse en auto motivado y fundamentarse en la existencia de riesgos procesales debidamente constatados”, establece la legislación.

Con respecto a los lugares de alojamiento, ordena: “Producida la detención de un adolescente y en caso de que sea indispensable su encierro, su alojamiento deberá hacerse efectivo en dependencias acondicionadas especialmente para ese fin, bajo la dirección de personal idóneo para el trato con aquellos. Queda prohibido dicho alojamiento junto a personas mayores de edad”.

Pese a que la nueva legislación endurece el sistema penal para aquellos menores que delinquen, la normativa aclara que “se deberá tramitar el proceso con premura, priorizando los casos en los que el imputado se encuentre detenido con prisión preventiva. La dilación injustificada a contar desde la intimación del hecho al adolescente imputado hará responsable al magistrado interviniente por falta grave y motivará que deban remitirse los antecedentes al ámbito disciplinario correspondiente”.

En los casos de menores inimputables, el texto dispone intervención judicial para investigar el hecho y aplicar medidas curativas o protectoras, siempre bajo la órbita de la justicia civil. Además, se estipula la especialización obligatoria de jueces, fiscales y defensores en materia penal juvenil.

Derechos de las víctimas

La Ley 27801 reconoce de forma expresa los derechos de las víctimas y personas perjudicadas por hechos ilícitos cometidos por adolescentes. Así, el texto dispone que la tutela de los intereses de la víctima debe ser garantizada durante todo el proceso penal juvenil, asegurando la posibilidad de ser informada sobre el avance de la causa, de participar activamente en las etapas procesales y de acceder a mecanismos de reparación.

La normativa establece que las víctimas gozan de derechos y garantías procesales, incluyendo el derecho a ser escuchadas, a recibir información clara y oportuna sobre sus derechos y a solicitar medidas de protección. En los casos en que los adolescentes resulten responsables de daños, la ley habilita la exigencia de responsabilidad civil a los progenitores o responsables legales, quienes deberán responder patrimonialmente en los términos que fije la sentencia judicial.

Además, contempla instancias de conciliación o mediación, siempre que la víctima preste su consentimiento de manera libre e informada y que el tipo de delito lo permita. Estas alternativas buscan resolver conflictos de forma restaurativa y voluntaria, sin menoscabar los derechos de la persona perjudicada.

Fuente: Infobae