YPF: la jueza Loretta Preska rechazó pedido de la Argentina y ratificó el traspaso del 51% de acciones

La jueza de Nueva York ratificó que el Estado nacional debe entregar el 51% de las acciones de YPF a los ganadores del juicio por la expropiación.

La jueza de Nueva York Loretta Preska rechazó un planteo de los abogados de Argentina para suspender la ejecución de la sentencia a favor de los fondos buitres y ratificó que el Estado nacional debe entregar el 51% de las acciones de YPF a los ganadores del juicio por la expropiación de la petrolera bandera del 2012.

Aunque todavía hay varias instancias judiciales abiertas, incluso una apelación solicitada por el país que puede estar en trámite durante dos años, el caso se podría encaminar en llegar en los próximos meses a la Corte Suprema de los EEUU.

Los fondos buitre ganadores insisten en que se abra una etapa de negociación entre altos funcionarios del gobierno de Javier Milei y sus representantes. Los defensores de la Argentina esperan que algún tribunal de alzada les dé la razón. Este martes 15 de julio por la mañana habrá una reunión clave entre las partes en Nueva York, que podría destrabar la situación.

Los motivos del rechazo de la Argentina a la sentencia de Loretta Preska

En el caso Eton Park, los abogados del Estado hablaron de “la naturaleza excepcional y cuestiones legales sin resolver” y destacaron que se trata de un caso sin precedentes, con un fallo en apelación y fundamentos jurídicos complejos. “Incluso el gobierno de Estados Unidos ha manifestado diferencias con la interpretación del tribunal”, destacan.

El temor del gobierno de EEUU es que el cumplimiento de un embargo forzado de empresas argentinas abra una jurisprudencia internacional que viole las leyes estadounidenses, porque al mismo tiempo permitiría -en un futuro hipotético- que haya algún tipo de reciprocidad y que la Argentina pueda hacer lo mismo -quedarse forzadamente- con alguna empresa o un activo soberano de EEUU.

Otro argumento es el daño irreparable e imposibilidad de cumplimiento legal, ya que ejecutar el “turnover” forzaría a la Argentina a violar su legislación nacional y a perder el control estatal sobre YPF de manera irreversible. Como dijo Kicillof, las acciones de YPF «sólo se pueden entregar por una ley votada por dos tercios del Congreso» como lo establece la ley que se aprobó en 2012 por amplia mayoría parlamentaria.

Por último, se esgrimió la ausencia de perjuicio para los demandantes e interés público. Según la defensa argentina, no existe daño concreto si se suspende la ejecución, dado que la legislación local impide la venta de acciones sin aval legislativo. Además, avanzar con la orden afectaría a terceros no involucrados -como provincias y bonistas- y podría activar cláusulas perjudiciales para YPF.

Fuente: Ámbito

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